Nueve tentativas de feminicidio en seis meses

El estado de Zacatecas acumuló nueve víctimas de tentativa de feminicidio en el primer semestre de 2026, de acuerdo con el Registro Nacional de Incidencia Delictiva (RNID) del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

Los registros oficiales establecen que los casos se distribuyeron con uno en enero, ninguno en febrero, dos en marzo, uno en abril, tres en mayo y dos en junio.

La información es reportada por las fiscalías y procuradurías estatales al Centro Nacional de Información.

Durante el mismo periodo, Zacatecas registró 64 víctimas de tentativa de homicidio doloso, frente a las nueve de tentativa de feminicidio.

El RNID permite identificar por separado a las víctimas de tentativa de feminicidio, una categoría que forma parte del nuevo nivel de desagregación de la incidencia delictiva.

De acuerdo con esta clasificación ministerial, nueve mujeres fueron víctimas de agresiones registradas como tentativa de feminicidio durante los primeros seis meses del año.

En Zacatecas, la tentativa de feminicidio ocurre cuando el agresor tiene la intención de privar de la vida a una mujer y realiza actos encaminados a conseguirlo, pero la muerte no ocurre por circunstancias ajenas a su voluntad. La intervención de terceros, la atención médica oportuna o que la víctima consiga ponerse a salvo pueden impedir que el feminicidio se consume, pero no necesariamente eliminan la responsabilidad por tentativa si se acredita la intención de matar.

Para que una agresión sea considerada tentativa de feminicidio también deben acreditarse razones de género. Entre las circunstancias contempladas por la legislación zacatecana están la violencia sexual; lesiones infamantes o mutilaciones; antecedentes de violencia del agresor contra la víctima; una relación de parentesco, matrimonio, concubinato, noviazgo, amistad o confianza; amenazas, hostigamiento o acoso previos, así como la incomunicación de la víctima o la intención de exponer o abandonar su cuerpo o pertenencias en un lugar público.

La acreditación de estos elementos corresponde a la investigación ministerial y posteriormente a la valoración de la autoridad judicial. Por ello, no toda agresión grave contra una mujer constituye automáticamente tentativa de feminicidio: deben acreditarse la intención de matar y las circunstancias que permitan establecer las razones de género.

La figura jurídica también tiene consecuencias en la pena. El feminicidio consumado en Zacatecas contempla de 20 a 50 años de prisión, mientras que para los delitos cometidos en grado de tentativa el Código Penal establece una sanción de hasta dos terceras partes de la prevista para el delito consumado.

Con ese criterio, una tentativa de feminicidio podría alcanzar hasta 33 años y cuatro meses de prisión, dependiendo de las circunstancias del caso y de la determinación judicial.

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