Que se investiguen como feminicidios las muertes violentas de mujeres

La senadora Geovana Bañuelos informó que presentará una iniciativa para reformar y adicionar diversas fracciones al artículo 325 del Código Penal Federal para reducir los márgenes de discrecionalidad, homologar criterios interpretativos, brindar certeza jurídica y garantizar que el tipo penal de feminicidio cumpla efectivamente su finalidad protectora.

Se plantea que la investigación de toda muerte violenta de una mujer deberá iniciarse bajo el protocolo de feminicidio, sin afectar su reclasificación posterior.  

La iniciativa busca perfeccionar el artículo 325 del Código Penal Federal para que la tipificación del feminicidio refleje de manera plena la realidad contemporánea y asegure que ninguna muerte violenta de mujer quede sin el reconocimiento jurídico que corresponde”, explicó.

El documento que será inscrito en la Gaceta Parlamentaria el martes próximo, se busca evitar la mala interpretación del artículo 325 de la ley en materia de “razones de género”.

E incorpora una presunción de existencia de razones de género cuando la víctima sea mujer y la muerte ocurra en un contexto de violencia, subordinación, discriminación o vulnerabilidad estructural.

“Se trata de una presunción que admite prueba en contrario, pero que obliga que la investigación parta de una perspectiva de género y no de una visión neutral que desconozca las desigualdades históricas”, explica la legisladora.

Geovanna Bañuelos destaca que la ley vigente parte de un modelo vinculado a relaciones sentimentales formales y violencia física evidente entre el agresor y la víctima; sin embargo, muchos feminicidios ocurren en contextos distintos como relaciones breves o no formalizadas, intentos de control sin convivencia, violencia digital, hostigamiento reiterado, difusión de contenido íntimo sin consentimiento, vigilancia tecnológica o persecución sistemática.

Además, establece como circunstancia de razón de género los casos en que la víctima haya sido reportada como desaparecida o privada de la libertad antes de su muerte, o cuando existan testimonios familiares, comunitarios o sociales que acrediten antecedentes de violencia, aun sin denuncia previa.

También se busca establecer la responsabilidad de servidores públicos que retarden u obstaculicen maliciosamente la investigación bajo protocolo de feminicidio.

Geovanna Bañuelos enfatiza que la ampliación de los supuestos normativos atiende la transformación contemporánea de la violencia, y asegura que su propuesta amplía arbitrariamente el poder punitivo del Estado ni crea nuevas figuras delictivas desproporcionadas.

Sino que está enfocada a reducir márgenes de discrecionalidad, homologar criterios interpretativos, brindar certeza jurídica y garantizar que el tipo penal de feminicidio cumpla efectivamente su finalidad protectora.

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